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Regulación de la escalada en El Pico (Parque Regional de Calblanque, Murcia)

El 8 de junio de 2018 se publicó en el BORM la Orden de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente en la que aparecen las restricciones de acceso y tránsito de los visitantes en el Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Pico del Águila de la Región de Murcia para el período 2018/2019, que incluye medidas de regulación de la escalada en el sector El Pico. 

En el proceso de participación ciudadana que se abrió para ayudar a crear el documento que conforma el Plan de Uso Público, Escalada Sostenible estuvo presente representada por la delegación murciana. La creación de este documento está experimentando con la regulación dinámica por primera vez en un espacio protegido de Murcia.

Aunque no estamos conformes a 100 por cien con la forma de poner en la práctica esta regulación, pero entendiendo que se debe a la novedad y esperando a llegar a una corrección de divergencias con la experiencia y el necesario cambio de mentalidad tras años de hacer las cosas de otra manera, cumplimos con nuestro compromiso de divulgar la normativa vigente.

En la última reunión mantenida con la Directora General del Medio Natural, Consuelo Rosauro, y el responsable de la Oficina de Impulso Socioeconómico del Medio Ambiente, J. Faustino Martínez, se estrecharon los lazos para seguir con el rodaje y perfeccionamiento en la aplicación de estas medidas Durante este período de prueba.

La disposición cuarta de la orden establece lo siguiente:

Al objeto de evitar molestias a la avifauna presente en el Parque durante el período de nidificación de aves rapaces, se establecen desde el 15 de diciembre de 2018 al 15 de mayo de 2019 las siguientes medidas:

a) Queda restringido el acceso y tránsito de visitantes y personas no autorizadas en la fachada sur del Cabezo de la Fuente, indicado en el anexo V de la presente orden.

b) Se prohíbe la escalada en la fachada sur del Cabezo de La Fuente (Sector “El Pico”), así como el uso de la senda de acceso al mismo, según se refleja en el anexo V de la presente orden.

En virtud de los datos obtenidos del seguimiento biológico de estas especies, la Dirección General de Medio Natural podrá reducir el período y el área de limitación de escalada. El uso de esta facultad requerirá que sea anunciada con 24 horas de antelación por medio de anuncios en los portales de internet de la Comunidad Autónoma y en www.murcianatural.carm.es.

Consultar la orden completa